Por: IQI. Raúl Escobar Márquez / Grupo Microanálisis / marketing@microanalisis.com
“El Problema de las enfermedades laborales es que están ocultas y son colectivas”
Los adultos en edad laboral transcurren en sus trabajos alrededor de 8 horas al día, en por lo menos 5 días de la semana. Durante este tiempo, de acuerdo a la naturaleza del puesto que desarrollan en su sitio de trabajo, se exponen a condiciones ambientales que pudieran significar riesgos a su salud y que avanzan lenta y silenciosamente.
Así, desde los riesgos mínimos que existen en el desempeño de los puestos de oficina, hasta los de mayor impacto como los que ocurren en una fundición o una mina, los trabajadores que cotidianamente se exponen a ellos, pudieran ser afectados en su salud con un nivel de probabilidad acorde al grado de peligrosidad ambiental y a la respuesta individual que cada quien tiene.
En México la problemática total de salud generada por la exposición de los trabajadores a las condiciones ambientales que existen en el desempeño de sus puestos no es conocida con exactitud. Sin embargo, ella es considerada significativamente elevada de acuerdo con la información estadística que el IMSS año con año publica, en la que un número importante de trabajadores acuden a recibir atención médica o prestaciones sociales como consecuencia de las afectaciones derivadas de la exposición a condiciones ambientales de trabajo.
Los costos que para el IMSS significan esta atención, son millonarios, sin embargo, en su totalidad son financiados con las cuotas patronales de riesgo que aplican a las compañías aseguradas, para las que toman como base los niveles de riesgo que su operación implica, el número de casos y la gravedad de que ocurran en la empresa.
Como consecuencia de ello, resulta de interés para cada empresa minimizar la probabilidad de que sucedan casos de enfermedades de su personal, situación que de presentarse no sólo conducirá al incremento de las primas que habrá de pagar al sistema de seguridad social del país, sino además las consecuencias que pudieran derivarse de violaciones a la regulación laboral y las correspondientes por el consecuente efecto negativo que tienen en la productividad del personal.
Aunque el estado Mexicano ha promulgado numerosas normas que son obligatorias de cumplir por las empresas, desafortunadamente dichas normas contienen límites ambientales que son copia de regulaciones extranjeras, hecho que impide asegurar que su adopción conducirá a la conservación de la salud de los trabajadores mexicanos.
Adicionalmente la forma como se indica en dichas normas que deben realizarse las valoraciones ambientales, difícilmente permite valorar la exposición real a la que se sujeta cada uno de los trabajadores, tanto por la variabilidad ambiental con el tiempo, como por la escasa representatividad de lo que realmente ocurre.
Por tal razón, aunque se dé seguimiento estricto al cumplimiento con los límites ambientales, no se garantiza que la salud de los trabajadores expuestos se mantendrá sin consecuencias, ya sea porque la medición ambiental que se lleva a cabo no refleja la exposición real, porque los límites ambientales no son tolerados por las mayorías, o aun porque las particularidades orgánicas de algún trabajador no lo permiten.
Tal circunstancia real en nuestro país, fue resuelta en la regulación laboral (Normas de la STPS), en las que se ha incluido un capítulo denominado vigilancia de la salud, con él se pretende determinar el impacto a la salud que tienen las condiciones de trabajo a que se sujeta el personal, aun cuando se satisfagan los límites de exposición recomendados en ellas. Así, de manera más confiable se estará en posibilidad de conservar la salud del personal expuesto.
Si se siguen los preceptos establecidos en el capítulo de conservación de la salud que dicho sea de paso son obligatorios, se estará en mejor posibilidad de valorar la aplicabilidad de los límites ambientales en su personal, que en su caso permitan tomar las acciones que podrán evitar en tiempo, consecuencias en la salud de los trabajadores,
Las orientaciones dadas en el capítulo de conservación de la salud de las normas laborales de México, corresponden al programa generalmente conocido como monitoreo biológico, mismo que aunque se ha desarrollado fundamentalmente para prevenir daños a los trabajadores expuestos a sustancias químicas presentes en el ambiente laboral, sus propósitos también incluyen las afectaciones que pudieran experimentar los trabajadores por la acción de las aceleraciones físicas del medio como el ruido, las vibraciones, las radiaciones, la iluminación deficiente, el calor o el frio.
El programa de monitoreo biológico a aplicar en el personal expuesto a las anormalidades físicas o químicas del ambiente laboral se integra con dos tipos de pruebas:
Las que se llevan a cabo para valorar la magnitud de la exposición del trabajador a través de evaluaciones en algunas funciones de su organismo, componentes en sus tejidos o líquidos de excreción como la orina o el aire exhalado, por ejemplo:
- Determinación de plomo en sangre u orina.
- Determinación de benceno en aire exhalado.
Las que se llevan a cabo para valorar el efecto en la salud por la exposición a la anormalidad ambiental a través de pruebas funcionales de sus sistemas, órganos o tejidos tales como:
- Determinación de la deshidratasa del ácido delta amino levulínico en sangre, que se modifica por la exposición a plomo.
- La determinación de colinesterasa en suero que se modifica por la exposición a plaguicidas fosforados.
- Las pruebas de funcionamiento hepático o renal.
- La audiometría tonal.
- Las pruebas de funcionamiento pulmonar.
- Las radiografías pulmonares.
Para cada caso específico de exposición, existen pruebas que se aplican para valorar la magnitud de la exposición, o el efecto producido en el organismo, que son interpretadas con los valores de referencia de normalidad que corresponden a la población de los trabajadores.
La información sobre cuáles pruebas son las más convenientes para el programa de monitoreo biológico pueden estar establecidas en la regulación de salud laboral, o bien deben ser consultadas con médicos o empresas especialistas en el tema, quienes orientarán sobre los perfiles más adecuados a llevar a cabo dentro del programa de monitoreo biológico.
Es altamente recomendable que al personal de nuevo ingreso a una empresa, que será sometido a una exposición determinada, se le realicen mediciones de las magnitudes biológicas que se asume pueden modificarse por la alteración ambiental, para con ello estar en posibilidad de medir efectivamente el cambio que se experimentará con el tiempo.
La principal conveniencia de establecer un programa de monitoreo biológico, es determinar las alteraciones tempranas que pueden experimentar los trabajadores, para en tiempo generar acciones que modifiquen la exposición y valorar su efectividad antes de que se manifiesten daños en la salud del personal que requieran atención medica institucional, con las consecuencias del caso.
ACERCA DEL AUTOR
Raúl Escobar es Ingeniero Químico Industrial por el IPN; Perito en higiene industrial por el CONIQQ, México; higienista industrial certificado por el American Board of Industrial Hygiene de los Estados Unidos (ABIH), Director Técnico y fundador de GRUPO MICROANÁLISIS sistema de servicios privados para higiene industrial y contaminación ambiental, Director del Instituto de Salud Ocupacional y Contaminación Ambiental, A.C., organización de investigación y enseñanza de GRUPO MICROANÁLISIS , catedrático y conferencista de diversos cursos de la especialidad en UNAM, IPN, UAM, STPS, IMSS, CIESS, ITESM