Por: Redacción Visión Industrial / 2h.visionindustrial@gmail.com
El Sector de Tecnología Financiera ha venido creciendo notablemente en los últimos años en México, ante ello y considerando que constituye un entorno de negocios totalmente nuevo, su regulación se convirtió en un proceso inminente. Inicialmente la Comisión Nacional Bancaria de Valores (CNBV), la SHCP y el Banco de México presentaron un borrador de Ley de Tecnología Financiera, en cuya elaboración del anteproyecto se tomaron en cuenta modelos utilizado en otros países, que si bien sirvieron para dar una noción sobre la dirección que esta nueva legislación debía tomar, no se encontraron de normas que México pueda aplicar de manera íntegra, por lo que se decidió incluir a todos los agentes involucrados en esta nueva industria –emprendedores, sector bancario y de capital privado– en el análisis y discusión del anteproyecto que nuestro país necesitaba y que es, en realidad, una Ley de Tecnología Financiera hecha a la medida
Esto derivó en una iniciativa que el Ejecutivo federal envió al Senado de la República el 10 de octubre de 2017, misma que fue aprobada en la Cámara alta en diciembre para que finalmente la Cámara de Diputados aprobara el 1 de marzo de 2018 la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, mejor conocida como Ley Fintech, que se publicó el día 10 del mismo mes.
El documento, que está conformado por 145 artículos divididos en siete títulos, tiene por objetivo regular los servicios financieros que prestan las instituciones de tecnología financiera, así como su organización, operación y funcionamiento, particularmente de las del sector privado.
Después de que la Cámara de Diputados aprobó sin votos en contra la Ley que Regula a las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, encargada de regular al sector financiero en México, tiene 6 meses para emitir las primeras regulaciones secundarias para este Sector.
La mayoría de las instituciones de tecnología financiera (Fintech) que rodearon la elaboración y aprobación de esta iniciativa pidieron que el grueso de las normas que buscan regular al sector estuvieran contenidas en las disposiciones secundarias de la ley, por lo que tanto la CNBV como el Banco de México cuentan con un periodo de entre 6 y 24 meses para establecer todas estas regulaciones secundarias que darán certeza a usuarios y participantes del sector.
Esto lo explica en entrevista con El Economista, Bernardo González, presidente de la CNBV, indicando que la Ley Fintech otorga al organismo una buena cantidad de responsabilidades, tanto en la autorización de las entidades financieras, como en el desarrollo de las disposiciones secundarias que darán origen a las obligaciones que deberán cumplir en materia prudencial, de prevención de lavado de dinero, protección de los usuarios y de competencia: “Uno de los preceptos principales de la ley es que no se podrían escribir en la propia ley muchas de las reglas ya puntuales que venían a regir al mercado, sino que tenían que estar en disposiciones secundarias. Entonces hay un transitorio en el que se obliga a la banca a que en seis meses posterior a la aprobación de la ley, emitamos el primer conjunto de reglas secundarias para el sector”
En la misma entrevista agregó que luego la CNBV tendrá que emitir otras disposiciones secundarias a los 18 meses de aprobada la ley, y una serie más a los 24 meses, enfatizando en que son disposiciones que, por la naturaleza misma de la industria, se tendrán que estar actualizando de forma permanente. “Y para esto la Comisión se está preparando para reorganizar las áreas que tenemos para autorizar a las instituciones, y para emitir estas disposiciones”
INSTITUCIONES DE TECNOLOGÍA FINANCIERA
Se entienden como Instituciones de Tecnología Financiera (ITF o IFT) aquellas plataformas digitales a través de las cuales se facilita la celebración de operaciones y servicios financieros relacionados con el acceso al financiamiento e inversión, servicios de emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico, además del uso de activos virtuales en dichas operaciones. Da pie al uso de la firma electrónica y sistemas de autenticidad para que los clientes tengan acceso a su infraestructura tecnológica.
Dichas instituciones, en el sector privado, son las de pagos electrónicos (monederos en línea, compras vía celular y transferencias de dinero), de financiamiento colectivo o crowfunding (inversiones en proyectos a través de determinadas páginas de Internet), de activos virtuales (monedas y divisas electrónicas o criptomonedas) y de asesoría financiera electrónica, entre otras.
Con la nueva Ley, para la organización y operación como Institución de Tecnología Financiera, se requerirá de la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. De este modo, los usuarios podrán ser notificados sobre los riesgos a los que se enfrentan en ciertas transacciones para asegurar su dinero.
Otros puntos que considera la Ley sobre las ITF son:
- La terminología aplicable para las firmas de esta nueva industria es: “Institución de Financiamiento Colectivo”, “Institución de Pagos Electrónicos” o “Institución de Tecnología Financiera”.
- Requerirán de la autorización de la CNBV para operar y, para ello, necesitarán constituirse como Sociedad Anónima, un capital mínimo que será establecido por la CNBV y un domicilio en México, además de estructura corporativa, controles internos, seguridad, oficinas y manuales.
- Los bancos podrán invertir en estas compañías, pero no podrán hacerles promoción y tampoco a sus servicios.
ASPECTOS PRINCIPALES DE LA LEY FINTECH
La Ley Fintech establece todo un conjunto de normas que buscan ofrecer mayor certeza jurídica a usuarios de servicios financieros a través de plataformas digitales y sentar las bases para la adecuada competencia entre estas nuevas empresas tecnológicas y las instituciones bancarias y financieras tradicionales. Para ello contempla regular cuatro puntos dentro del sector:
- El financiamiento colectivo o crowdfunding,
- Los activos virtuales o criptomonedas.
- Las API o intercambio de información entre instituciones y
- La regulación sandbox o de prueba.
Con relación al financiamiento colectivo Marc Segura, presidente de la Asociación de Plataformas de Fondeo Colectivo (Afico), afirmó que tener una regulación para las empresas Fintech hará que los costos de operación sean entre 2 y 10 veces más altos, lo cual evitará prácticas ilícitas en la industria. Del financiamiento también hay que resaltar los siguientes puntos:
- Los servicios de las firmas de financiamiento deberán ofrecerse en moneda nacional.
- Los títulos que puedan suponer un esquema de inversión no serán parte del Registro Nacional de Valores.
- Deberán aclarar a los clientes cuáles son los riesgos y el cobro de comisiones.
- Usar al Buró de Crédito para dar financiamiento. En el caso del financiamiento colectivo, las empresas serán responsables si el financiador pierde.
- No podrán asegurar rendimientos sobre inversiones o garantizar resultados de esas inversiones.
- La ley no regula programas de lealtad o recompensas ofrecidas por personas morales a sus clientes.
Por lo que se refiere a los activos virtuales, la nueva ley propone considerar el uso de activos virtuales, como las criptomonedas, previa autorización del Banco de México (Banxico). Por definición, criptomoneda, criptodivisa o criptoactivo, es un medio digital de intercambio en el que se garantiza la seguridad, integridad y equilibrio de los estados de cuentas. No hay intermediarios o terceros de por medio, por lo que los costos de las transacciones se reducen. Sin embargo, es de resaltar lo señalado en el documento presentado ante la Cámara de Diputados, que indica que “La Comisión Nacional Bancaria tendrá que divulgar los peligros de manera clara y sencilla, especificando que el activo virtual no es moneda de curso legal y no está respaldado por el gobierno federal ni por el Banco de México.”
Esta Ley pretende brindar certidumbre sobre el uso de criptomonedas y sistemas de pagos electrónicos en México, así como un estándar internacional de calidad para las empresas de tecnología financiera. De aquí se derivan las siguientes consideraciones:
- Los activos virtuales se reconocen como medios de pago cuando las transacciones se realicen por medios electrónicos, pero no se reconocen como monedas de curso legal.
- Banxico debe establecer las disposiciones de operación.
- Las operadoras de criptomonedas deberán estar en posibilidad de entregar a los clientes, cuando lo soliciten, la cantidad que posean.
- Las empresas deben informar la volatilidad del valor virtual a los clientes, y avisarles sobre los riesgos tecnológicos cibernéticos y de fraude.
Otros aspectos que contempla la Ley son:
- Crea el Comité Interinstitucional de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que estará integrada por funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), del Banxico y de la misma CNBV, que intervendrá en la toma de decisiones de mayor importancia, como el otorgamiento de autorizaciones, imposición de sanciones, entre otros.
- Busca prevenir y mitigar el riesgo de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, estableciendo un marco regulatorio aceptado y probado internacionalmente, con estándares mínimos de identificación del cliente, que permita prevenir este tipo de conductas. Algunos aspectos que se consideran son:
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- Sólo podrán recibir recursos de los clientes si provienen directamente de cuentas de depósito de una entidad financiera autorizada para recibir dichos depósitos, conforme a la normatividad que resulte aplicable.
- Las IFT están obligadas a entregar los recursos a sus clientes en cuentas de entidades autorizadas.
- Deben generar estados financieros anuales auditados.
- La ley prevé un régimen de divulgación de riesgos por virtud del cual las instituciones de tecnología financiera se encuentren obligadas a difundir la información necesaria para que sus clientes identifiquen los riesgos que asumirán al momento de celebrar operaciones con o a través de ellas.
- Pretende fortalecer el gobierno corporativo de las instituciones de tecnología financiera al contar con un consejo de administración, director general y comité de auditoría cuando, con base en el número de operaciones o clientes, modelos de negocios, activos intermediados o nivel de capital neto con el que cuenten dichas instituciones.
- Crea el Grupo de Innovación Financiera, el cual será un espacio de intercambio de opiniones, ideas y conocimiento entre el sector público y privado para conocer innovaciones en materia de tecnología financiera y planear su desarrollo y regulación ordenados.
- También se considera un marco normativo en el que se contemplan las sanciones administrativas y penales para los casos en que se incumpla con lo establecido en la Ley o disposiciones que de ella emanen.
- En el proyecto de regulación se establece que las instituciones de fondos de pago electrónico tendrán que evaluar por medio de terceros independientes que se cumplan “las medidas de seguridad de información, uso de medios electrónicos y continuidad operativa que dichas instituciones deben observar conforme a las referidas disposiciones”. Las características de estas evaluaciones estarán a consideración de la CNBV y el Banco de México.
REFERENCIAS:
Diez puntos para entender la nueva Ley Fintech; http://www.elfinanciero.com.mx/empresas/diez-puntos-para-entender-la-nueva-ley-fintech
México necesita una Ley Fintech ‘a la medida’; Jorge Schaar, Deloitte; https://www2.deloitte.com/mx/es/pages/dnoticias/articles/ley-fintech-en-mexico.html
6 Claves para entender la Ley Fintech; Rodrigo Riquelme, El Economista; https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/6-claves-para-entender-la-Ley-Fintech-20180304-0004.html
¿Qué es la Ley Fintech y cuál es su objetivo?; Susana Avendaño, Uno Cero; https://www.unocero.com/noticias/que-es-ley-fintech-y-cual-es-su-objetivo/
Ya tenemos Ley Fintech, pero con vacíos en lavado y fraude; Forbes; https://www.forbes.com.mx/ya-hay-ley-fintech-pero-con-vacios-en-lavado-y-fraude/
CNBV emitirá primeras reglas para Fintech en 6 meses; Edgar Juárez, El Economista; https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/CNBV-emitira-primeras-reglas-para-fintech-en-6-meses-20180302-0003.html