Por: José Eduardo Salomón López Rueda; Sarahid Carolina Ornelas Sudias; Rubén González Contreras / Talento en Comercio Exterior / asesor@proce.com.mx
El Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, SOLAS (por sus siglas en inglés –Safety of Life at Sea-), plantea que todos los contenedores (20 y 40 pies) que se tiene que embarcar para su exportación deben ser pesados y etiquetados, de manera certificada, en las Aduanas Marítimas que se encuentran ubicadas en los litorales de la República Mexicana, para que los barcos no tengan riesgo de sufrir accidentes debido a la diferencia de pesos en las naves.
“Lo que se está pidiendo es que los exportadores pesen su carga y le sumen el peso de la tara del contenedor, o que pesen todo, pero vemos un reto si los embarcadores se esperan al puerto para pesar, por ejemplo en Lázaro Cárdenas, Michoacán, se tienen dos básculas, si todos se esperan a pesar en el puerto eso se convertirá en un cuello de botella, y en todos los puertos son casos similares”.
De acuerdo con datos de la Coordinación de Puertos y Marina Mercante, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), en el año del 2015 se exportaron dos millones 706 mil 717 contenedores de 20 pies de longitud, 8.3 por ciento más que el año precedente.
Los contenedores son cajas de acero que se usan como unidades de transportación para productos terminados de diferentes industrias como motores, maquinaria, incluso hasta carga a granel. Miden 20 y 40 pies de largo.
La Asociación Mexicana de Agentes Navieros A.C, (AMANAC) señalo que si no está etiquetado el peso de los contenedores de ninguna manera se van a subir a los barcos portacontenedores.
“En Manzanillo no hay suficientes básculas, creemos que debe de haber más infraestructura portuaria al respecto, para que esta norma de carácter internacional se pueda cumplir con la carga de exportación en nuestro país.
El embarcador tiene que programar su propia logística porque si no encuentra básculas para el pesaje y va a llegar a su destino sabiendo que sólo hay una o dos básculas tendrá que mandar su carga anticipadamente, si le enviaba 4-5 días antes de la llega del barco, ahora tendrá que mandarlo 6 o 7 días antes”, por lo que la operación de comercio exterior se verá afectada de primer instancia.
Por otra parte, es importante mencionar que el Convenio parte de SOLAS entra en vigor el primero de julio de este año y que a partir de esa fecha, las Autoridades Aduaneras tendrán la obligación de emitir normatividad en materia de comercio exterior, mediante Reglas Generales de Comercio Exterior mismas que tendrán que ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación, para que los exportadores, a través de sus agentes aduanales, cumplan en los pedimentos respectivos con dicha información y de esta manera las Autoridades Mercantes de nuestro país validen ante las empresas de representaciones marítimas, que la norma internacional se está cumpliendo.
Leonardo Gómez, Presidente de la Asociación Nacional de Transporte Privado, comentó que se está dejando toda la responsabilidad del pesaje a los exportadores lo que puede afectar los niveles de ventas al extranjero.
“El usuario del transporte marítimo lo único que sabe es cuánto pesa su carga, el prestador del servicio sabe cuánto pesa el contenedor por tanto, cada uno debe de tomar una acción y la responsabilidad que les compete, por lo tanto en un momento se puede ver obstaculizadas las exportaciones”, comentó.
Agregó que son operaciones que tiene un impacto económico para las empresas en México que se dedican a exportar o retornar mercancías al extranjero vía marítima, porque el hecho de estar movilizando los contenedores implica tiempo y costos de operación más las tarifas que cobrarán las empresas que presten este servicio.
Por último, es importante resaltar que ante la falta de normatividad y regulación que hoy en día no se tiene, las empresas soliciten a las Autoridades Mexicanas una prórroga para la entrada en vigor de esta disposición, con la finalidad de ganar tiempo para que la infraestructura en los puertos marítimos del país se pueda adecuar y preparar para esta nueva disposición internacional.
Como profesionales del Comercio Exterior en México, recomendamos a todas las empresas que realizan exportaciones o retornos de mercancías, asesorarse con expertos que les puedan ofrecer esquemas legales y viables para que sus operaciones no se vean afectadas por esta disposición de tipo internacional a la que México debe de cumplir en relación a los estatutos aceptados por la OMC (Organización Mundial de Comercio) y por la OMA (Organización Mundial de Aduanas) para poder figurar como un país que realiza prácticas sanas de tipo internacional con los demás países miembros de dichas organizaciones.
Sabemos la importancia que esto representa en tiempos y costos para las empresas ALTEX (Empresas Altamente Exportadoras) y para la industria IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora Y De Servicios De Exportación) del país, por lo que seguiremos manteniendo informados a los lectores de los avances de este tema, tanto en México como a nivel internacional.
ACERCA DE LOS AUTORES
El Lic. en Comercio y Negocios Internacionales José Eduardo Salomón López Rueda, la Lic. Sarahid Carolina Ornelas Sudias y el Lic. En Comercio y Negocios Internacionales y Vista Aduanal Rubén González Contreras, todos ellos con amplia experiencia en materia aduanera y de comercio exterior, son integrantes de la empresa Talento en Comercio Exterior, firma de Profesionales en Aduanas, Comercio Exterior y desarrolladores de Talentos en Negocios Internacionales, que ayudan a las Empresas Importadoras y Exportadoras a realizar sus Operaciones Aduaneras y desempeñar de mejor forma sus actividades en Comercio Internacional.
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