1-Marzo-2013
Fuente: El economista
Con la finalidad de regular la plantación de Agave Azul Tequilana Weber y acabar con los ciclos de escasez y sobreproducción de la materia prima, además de garantizar la calidad de la emblemática bebida mexicana, este 11 de febrero entró en vigor la nueva Norma Oficial Mexicana para el Tequila NOM-006-SCFI-2012 con la cual desaparece la de 2005.
Entre las principales modificaciones al marco normativo destaca la obligatoriedad para los productores, envasadores y comercializadores, de registrar las plantaciones de agave que se encuentran dentro de la zona protegida por la Denominación de Origen Tequila (DOT)y actualizar dicho reporte semestralmente.
“La nueva norma prevé que una vez que se planten, se registren en el mismo año calendario en el organismo valuador de la conformidad; es decir, en el Consejo Regulador del Tequila (CRT).
Esta es una ventaja en relación a la norma que se cancela porque en la norma anterior, se daba un año más de gracia para poder hacer el registro de las plantaciones nuevas y con la modificación, lo que se busca es tener lo más actualizado posible el registro de estas plantaciones”, señaló Floriberto Miguel Cruz, Comisionado Técnico del CRT.
“Esto es importante porque en algún año se pueden registrar algunos fenómenos naturales como heladas, incendios, alguna plaga o enfermedad, o tal vez se puede cosechar el agave para otros usos que no sea la producción de tequila; ante todo esto, el agricultor tiene qué actualizarnos estos registros buscando que la información sobre la disponibilidad del agave esté lo más actualizada posible para buscar alinear la cadena agave-tequila”.
Por su parte, el director del Consejo, Ramón González, sostuvo que la nueva norma permitirá al sector contar con un control de los inventarios de la materia prima a fin de “incentivar o desincentivar las plantaciones y esto habrá de romper un círculo vicioso de ganar-perder a ganar-ganar”.
Además del registro de las plantaciones, la nueva norma contempla especificaciones relacionadas al contenido de alcohol, mecanismos de maduración y requisitos de comercialización entre otros.
El director del CRT, indicó que con la nueva norma, se permite especificar en la etiqueta el tiempo de maduración para el tequila extra añejo que requiere como mínimo tres años, aunque hay destilerías que lo añejan por un período mayor y así podrán especificarlo
De igual manera, el nuevo marco normativo obliga a los envasadores a contar con un certificado de aprobación de envasado y reportar en la botella la marca, volumen y número de lote.
“Con esto en el extranjero o en México va a ser mucho más difícil cualquier adulteración, alteración o modificación del producto inicial. Esto es una salvaguarda a la Denominación de Origen”, afirmó González.
Para el directivo, el nuevo marco normativo “es un parte aguas en cuanto que ahora se va a promover la agricultura por contrato, se está promoviendo el esquema de la vinculación industrial-agricultor y evitar esas crestas y valles que se presentan cada ciclo biológico del agave”.