Por: Sánchez Devanny / Varios autores / tramirez@sanchezdevanny.com
El pasado 27 de agosto se anunció por los gobiernos de México y los Estados Unidos de América la finalización de negociaciones y el que se ha llegado a un acuerdo comercial sobre el futuro del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN o NAFTA por sus siglas en inglés), pudiendo Canadá incorporarse o no al mismo.
Probablemente, y por virtud del discurso político que tanto se utilizó en los Estados Unidos, el nombre de NAFTA o TLCAN no se siga utilizando.
Este acuerdo se logra después de poco más de un año de negociaciones, habiendo sido muy específicos los temas que se quedaron para el final de dicha negociación, mismos que, esencia, fueron:
- Reglas de Origen para Industria Automotriz.
- Cláusula de caducidad o “Sunset Clause”.
- Temporalidad del Sector Agrícola
- Salarios
- Solución de controversias.
- Capítulo Energético
Es probable que gran parte del texto de este “nuevo” acuerdo tenga amplias similitudes con el CPTPP, ya que este último es, una de los tratados de libre comercio más modernos y que ha incluido conceptos y temas que no estaban cubiertos en tratados más antiguos como lo sería el TLCAN.
Al parecer y a reserva de que se publique formalmente dicho acuerdo, los compromisos relativos a los puntos anteriores son:
- a) REGLAS DE ORIGEN EN INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
La propuesta original fue incrementar el contenido regional de 62.5 a 85% y de ese contenido el 50% fuera originario de EUA, propuesta que fue totalmente repelida por México.
Aparentemente, la nueva regla será mayor al 75% y debe de ser manufacturada en zonas con un salario de USD $16 por hora y entre el 40 y 45% del contenido regional, además del requerimiento de ciertos componentes específicos originarios de la región y un porcentaje de acero y aluminio de los Estados Unidos.
Asimismo, se han establecido nuevos mecanismos para la prevención de la violación o debida aplicación de dichas Reglas de Origen.
- b) CLÁUSULA DE CADUCIDAD O SUNSET CLAUSE.
La propuesta original de los Estados Unidos era una vigencia de 5 años, misma que podía ser revisada por las partes, situación que claramente daría gran inseguridad a la inversión. En este sentido aparentemente se acordó una vigencia de 16 años que se podrá extender por periodos subsecuentes de 6 años, pero sin la amenaza de su terminación.
- c) ACCESO DE BIENES A MERCADO.
Se eliminan diversas barreras comerciales que aun existían en el TLCAN y se agregan disposiciones de transparencia para los procedimientos para permisos de importación y exportación.
- d) AGRICULTURA.
En materia de agroindustria, se acordó establecer disposiciones relativas a biotecnología, tecnología agrícola y establecer políticas que aumenten la transparencia y asegurar trato equitativo y no discriminatorio a los productos agrícolas, sin que haya prosperado la solicitud de los Estados Unidos de estacionalidad para estos productos.
También se establecen varias disposiciones específicas relativas a la protección de bebidas alcohólicas y productos alimenticios.
- e) PROPIEDAD INTELECTUAL.
Al igual que en el caso de CPTPP se establecen nuevas disposiciones tendientes a la protección de propiedad intelectual en la entrada de mercancías, pudiéndose detener productos violatorios de las disposiciones correspondientes.
Asimismo, se pactó una mayor protección a otros productos sujetos a dichas disposiciones como cintas cinematográficas, música, programas de cómputo, etc.
Disposiciones particulares en materia de industria farmacéutica también se contemplan en este nuevo acuerdo.
- f) COMERCIO ELECTRÓNICO.
Se acordó incrementar el nivel de minimis a 100$ USD para que puedan entrar a México sin el pago de aranceles y procedimientos formales mínimos.
- g) LABORAL.
Se incorpora al Tratado aspectos relevantes en materia laboral como la inclusión del salario dentro de la Regla de Origen Automotriz.
- h) SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Dentro de los temas relevantes que aparentemente quedan pendientes se encuentran aquellos relativos a solución de controversias, el cual será retomado con la incorporación de Canadá.
Será necesario revisar los términos específicos en que se hayan acordado los anteriores puntos, así como la participación y aceptación de Canadá de los mismos y el cumplimiento de formalidades correspondientes para la implementación de dichas modificaciones en cada uno de los tres países.
ACERCA DE LOS AUTORES
Este boletín fue preparado por Sánchez Devanny, con la colaboración de José Alberto Campos Vargas, Turenna Ramírez Ortiz, Eduardo Sotelo Cauduro, María Luisa Mendoza López, Pablo Emilio Guerrero Peimbert, Juan Carlos Jiménez Labora Mateos y Laura Elisa Sánchez Barrón.
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