Por: Marco Aurelio Juárez G. / Asesoría, Capacitación y Consultoría en Recursos Humanos / contacto@accrh.com.mx
Partiendo de nuestra Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y de las leyes y reglamentos que de ella emanan, hablaremos en particular de la línea de la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como por las NORMAS OFICIALES MEXICANAS, por cuya línea quiero llevarles para abocarnos a la seguridad y salud en el trabajo
De la Constitución política de los Estado Unidos Mexicanos, llamo su atención al artículo 123, Apartado “A”, fracción XV, donde dispone que el patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, instrumentos, materiales de trabajo, y, sí, a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas de tal forma que resulte la mejor y mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores.
Siguiendo la línea establecida en la Constitución, la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 132, fracción XVI, consigna la obligación del patrón de instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento y las NORMAS OFICIALES MEXICANAS, y adoptar las medidas preventivas y correctivas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir enfermedades laborales, accidentes y muertes.
En su fracción XVII del mismo artículo, señala la obligación que tienen los patrones de cumplir el reglamento y las NORMAS OFICIALES MEXICANAS en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como de disponer en todo tiempo un plan de atención a emergencias.
Continuando con la Ley Federal del Trabajo, establece en su artículo 134, fracciones II y X: observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las NORMAS OFICIALES MEXICANAS en materia de seguridad, salud y medio ambiente del trabajo aunado a las indicaciones y reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa, establecimiento o centro de trabajo en particular acorde a sus actividades en específico y que sus trabajadores y colaboradores se sometan a exámenes médicos indicados en él, para confirmar que no padecen alguna enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable o incapacidad.
Así mismo, en su artículo 512 indica que en los reglamentos e instructivos que las autoridades laborales expidan se fijarán las medidas necesarias para prevenir los riesgos de trabajo y lograr que el trabajo se preste en condiciones que aseguren la vida y la salud de los trabajadores.
Por otra parte, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal faculta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en su artículo 40, fracción XI, para estudiar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales para preservar la protección de los trabajadores y colaboradores en los centros de trabajo a nivel nacional.
La Ley Federal sobre Metrología y Normalización determina, en sus artículos 38, fracción II, 40, fracción VII, y 43 al 47, la competencia de las dependencias para expedir las NORMAS OFICIALES MEXICANAS relacionadas con sus atribuciones; la finalidad que tienen éstas de establecer, entre otras materias, las condiciones de salud, seguridad e higiene que deberán observarse en los centros de trabajo, así como la elaboración, modificación y publicación de las mismas.
Siguiendo la línea del marco legal y de observancia para los patrones y trabajadores en todo nuestro territorio nacional, el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo establece en su artículo 10 la facultad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para expedir Normas con fundamento en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su reglamento, la Ley Federal del Trabajo y el presente Reglamento, con el propósito de establecer disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo que eviten riesgos laborales que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores, o provocar daños a las instalaciones, maquinaria, equipos y materiales del centro de trabajo.
Las NORMAS OFICIALES MEXICANAS que emiten la Secretaría del Trabajo y Previsión Social determinan las condiciones mínimas necesarias para la prevención de riesgos de trabajo y se caracterizan porque se destinan a la atención de factores de riesgo, a los que pueden estar expuestos los trabajadores.
Actualmente contamos por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con 41 normas vigentes y de carácter obligatorio en todo el territorio nacional agrupadas en cinco categorías: 1: de seguridad, 2: salud, 3: organización, 4: específicas y 5: de producto.
Las más recientes son
NOM-036-1-STPS-2018, Factores de riesgo ergonómico en el Trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1: Manejo manual de cargas.
NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención.
PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Ahora bien, el único, sí el único documento considerado oficial y que la autoridad reconoce y da como cumplimento con la NORMA OFICIAL MEXICANA es y son las constancias de habilidades laborales conocidas también como DC-3 que es un formato de la misma Secretaria donde de recaba información en cuatro apartados:
- Los datos del trabajador,
- Los datos de la empresa o centros de trabajo
- Los datos del programa que esta y este respaldado (previamente registrado mediante el formato DC-5 en la misma Secretaria del trabajo) y
- Las firmas autógrafas correspondientes.
Ósea que fuera del formato DC-3 ningún otro documento, tarjeta, sesudo, licencia dan oficialidad o reconocimiento y que de cumplimento a alguna NORMA OFICIAL MEXICANA
Si de por si en compañías, empresas, fábricas y centros de trabajo con poca o nula visión empresarial y proyección a futuro, lo primero que recortan en una crisis es el presupuesto en publicidad y capacitación … los grandes empresarios y visionarios saben que el factor más importante con que cuentan las organizaciones son los Recursos Humanos que, cuando tienen la “camiseta bien puesta”, son ellos y solo ellos los que bien capacitados e integrados van y sacan a las empresa a flote y enderezan el rumbo y navegan, buscando con su entrenamiento y capacitación integral, el viento a favor para llegar sanos y salvos a puerto y tierra firme.
Con todo lo anterior ningún organismo, federación o asociación de ningún tipo de equipos se puede considerar como oficial solo y únicamente la DC-3 (Correctamente recabada y respaldada por DC.5), que es la oficial y que en alguna inspección por la autoridad tomará como válida y que da cumplimiento
Conforme a tu centro de trabajo, actividad y riesgos laborales será la NORMA OFICIAL MEXICANA que deberás dar cumplimento
Y mucho ojo no te dejes sorprende por tarjetas o formatos que se jactan de ser reconocidas mundialmente… en México ¡NO¡
ACERCA DEL AUTOR
Marco Aurelio Juárez Guerrero es Licenciado en Psicología Organizacional y del Trabajo por la U.N.A.M. Se ha especializado como Formador de Instructores, por su entrenamiento en la STPS y en AMDA (Asociación Mexicana de Distribuidores de Autos), certificado por el CONOCER bajo el estándar de competencia en la calificación la Norma Técnica Laboral (nivel 4) en Diseño e Impartición de Curso de Capacitación (ECO301 y ECO 217), y es técnico en urgencias médicas del ERUM. Está acreditado por la STPS como Instructor Externo Independiente para impartir capacitación y adiestramiento en grupos ocupacionales.
Contando con experiencia en psicología organizacional y del trabajo en lo correspondiente a capacitación, asesoría, consultoría, entrenamiento y desarrollo de personal, tanto a niveles operativos, mandos medios, ejecutivos, gerenciales y directivos. En su trayectoria laboral ha participado en diversas empresas y ha sido consultor, instructor y asesor comercial principalmente en las áreas de capacitación y de seguridad y salud ocupacional
Es Consultor e Instructor. Y actualmente desempeña el cargo de Director Ejecutivo en ACCrh (Asesoría, Capacitación y Consultoría en recursos humanos)
Correo: contacto@accrh.com.mx