18-abr-2012
Por: Secretaría de Economía
La Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos (ITC, por sus siglas en inglés) llevó a cabo la votación para decidir sobre la existencia del posible daño a la industria estadounidense, derivado de las importaciones de refrigeradores mexicanos y coreanos, con congelador en la parte inferior, al mercado de ese país.
Los comisionados votaron en forma unánime en el sentido de que no existió daño a los productores de los Estados Unidos, lo que implica que no existen elementos para imponer una cuota compensatoria a las exportaciones de México y Corea.
Conforme la legislación aplicable, para poder aplicar medidas antidumping es necesario que las importaciones se realicen a precios en condiciones de dumping, y que éstas causen daño a la industria que fabrica los productos similares.
Con relación a la determinación del dumping, el 26 de marzo de 2012, el Departamento de Comercio de Estados Unidos (DOC, por sus siglas en inglés) publicó la resolución final en la que concluyó que las exportaciones mexicanas se realizaron con márgenes de dumping.
Sin embargo, el pasado 12 de abril, a solicitud de las cuatro exportadoras mexicanas que participaron en la investigación, el DOC aceptó la existencia de errores de cálculo para tres de las cuatro empresas. En consecuencia, modificó los márgenes originales para quedar como sigue:
Electrolux Home Products de Mexico, S.A. de C.V. 21.72%, Controladora Mabe, S.A. de C.V. 0% (cero) y Samsung Electronics Mexico, S.A. de C.V. 14.24 %; para el caso de LG Electronics Monterrey México, S.A. de C.V., el DOC determinó que no incurrió en ningún error de cálculo, por lo que confirmó el margen de dumping original de 30.34%.
Durante la investigación, la Secretaría de Economía trabajó con los representantes de los exportadores mexicanos en su defensa y los apoyó ante las autoridades estadounidenses a lo largo del proceso ante el DOC, y en la audiencia publica ante la ITC el pasado 13 de marzo de 2012.
Con la votación negativa de la ITC la investigación concluye sin la imposición de cuotas compensatorias definitivas para las exportaciones mexicanas y coreanas de refrigeradores. Esta determinación será publicada en el Diario Oficial de los Estados Unidos (Federal Register).