Por: César Buenrostro / KPMG / asesoria@kpmg.com.mx
Luego de un año, y tras 7 rondas de discusión, una intermedia y algunas otras ministeriales, finalmente se dio a conocer un acuerdo bilateral de entendimiento entre México y Estados Unidos en la renegociación del Tratado de Libre Comercio del Norte (TLCAN).
El proceso se dio de forma trilateral; sin embargo, Canadá no participó en las sesiones de julio y agosto debido a que compartía la postura del sector automotriz, planteada por Estados Unidos, principal tema de las negociaciones bilaterales. No obstante, el 31 de agosto, Canadá reanudó la renegociación del TLCAN con Estados Unidos con la finalidad de lograr un entendimiento benéfico para los tres países miembros y que abone a la competitividad de la región. Pero las disposiciones relacionadas con el acceso al mercado canadiense de lácteos y derivados provenientes de Estados Unidos, la exportación de madera y el mecanismo de solución de controversias contemplado en el capítulo 19 del acuerdo son temas álgidos que deberán resolverse.
Reglas del juego bien establecidas
Hoy, el acuerdo bilateral de entendimiento coadyuva a otorgar un mayor grado de certeza al comercio exterior mexicano, pues más del 80% de nuestras exportaciones se destinan a Estados Unidos y casi un 50% de nuestras importaciones provienen de dicho país. Aunado a lo anterior, casi la mitad del total de la inversión extranjera directa en México proviene de Estados Unidos, por lo que la importancia de contar con reglas del juego bien establecidas y de largo plazo tiene un carácter preponderante.
Cabe señalar que el 27 de agosto de 2018, el organismo United States Trade Representative (USTR, por sus siglas en inglés) publicó documentos señalando de forma general las modificaciones que se acordaron entre México y Estados Unidos donde destacan cambios a las reglas de origen en el sector automotriz, disposiciones de productos agrícolas, la cláusula del ocaso “sunset”, mecanismos de solución de controversias, comercio digital, acceso a mercados, propiedad intelectual, servicios financieros, entre otros.
Además el 31 de agosto el presidente de Estados Unidos notificó al Congreso su intención de lograr un acuerdo con México y Canadá, en caso de que Canadá así lo considere. Dicha notificación fue publicada en el Federal Register el pasado 5 de septiembre. Cabe señalar que por los tiempos legislativos de Estados Unidos, el texto con las modificaciones al TLCAN deberá publicarse por el USTR 30 días después de la notificación antes citada, por lo que esto debe darse durante septiembre y en su caso, con la incorporación de Canadá, con la finalidad de dar mayor certidumbre al proceso de la renegociación de un tratado trilateral.
¿Qué deben considerar los negocios?
Conforme al USTR, algunas de las principales incorporaciones al acuerdo bilateral que deben considerar los negocios con actividad comercial con el vecino del norte son las siguientes:
- Sunset clause: El acuerdo tendría una vigencia de 16 años y a partir del sexto año, se evaluarían los resultados; en caso de coincidir, se extendería la vigencia por otros 16 años
- Acceso a mercados: Se mantiene el comercio sin aranceles y el beneficio del Derecho de Trámite Aduanero, aunado a aumentar la transparencia en temas de permisos y licencias de importación
- Solución de controversias: Se logran acuerdos en los capítulos 11 y 20, sin embargo, el capítulo 19, relacionado con solución de controversias en materia de antidumping y cuotas compensatorias, está pendiente de ser evaluado con Canadá
- Reglas de origen de automóviles: Se incrementa gradualmente el valor de contenido regional del 62.5% al 75%, contemplando que el 40% del valor de vehículo se fabrique en países con salario por hora superior a $16 USD y que el 70% del acero y aluminio será originario de la región de América del Norte
- Reglas de origen de autopartes: Se incrementa gradualmente el valor de contenido regional al 65%, 70% y 75% dependiendo del tipo de autoparte
- Anexos sectoriales: Se promueven anexos sobre tecnología de la información y comunicaciones, farmacéuticos, dispositivos médicos, productos cosméticos y sustancias químicas
- Agricultura: Se elimina la cláusula de temporalidad por lo que no habrá restricciones de exportaciones de México a Estados Unidos por estacionalidad y se incorporan disposiciones sobre biotecnología agrícola
- Propiedad intelectual: Se modernizan y robustecen las disposiciones y medidas de protección de propiedad intelectual, patentes, marcas y productos farmacéuticos, entre otros
- Servicios financieros: Se liberaliza el acceso al mercado mexicano
- Textiles: Mayor utilización de fibra e hilos originarios de Estados Unidos, se promueve el cumplimiento estricto vía verificaciones y se limita el uso de insumos no originarios
- Comercio digital: Se aumenta el monto de importación libre de impuestos a $100 USD, se otorgará protección a consumidores que realicen compras por internet y no se cobrarán impuestos al comercio exterior a productos digitales como e-books, videos, música, software, entre otros
Cabe señalar que el acuerdo bilateral contempla disposiciones que anteriormente no estaban vislumbradas para actualizar y compaginar la realidad del comercio exterior y de los negocios con los textos regulatorios, asimismo, establece estándares que promuevan el intercambio de información y la cooperación entre países, robusteciendo la protección de derechos de autor y mayor seguridad para los inversionistas y empresarios, sin embargo, también plantea retos.
Aun cuando el acuerdo bilateral de entendimiento entre México y Estados Unidos contribuye para disminuir la incertidumbre que prevaleció por casi un año referente a la sobrevivencia del TLCAN, es importante conservar el carácter trilateral del tratado dada la estrecha interrelación e interdependencia de las cadenas productivas de los tres países, aunado a que Canadá aporta casi el 10% del total de la inversión extranjera en México.
Después de un año de negociaciones, son varios los sectores productivos del país los sujetos a las modificaciones del TLCAN actual, quienes deben estar conscientes en tomar medida de los posibles impactos como podrían ser los cambios a las reglas de origen (automotriz y autopartes), disposiciones de productos agrícolas, mecanismos de solución de controversias, comercio digital, propiedad intelectual, entre otros.
ACERCA DEL AUTOR
César Buenrostro es Socio de Comercio Internacional y Aduanas de KPMG en México. Cuenta con 17 años de experiencia en el sector de comercio exterior brindando asesoría a clientes nacionales e internacionales de diversas ramas de la industria maquiladora, automotriz, electrónica, alimenticia, farmacéutica, textil, de calzado y minería, entre otras. Su experiencia se enfoca en la gestión de mejores prácticas aduanales y riesgos, procedimientos y cumplimiento de obligaciones en importaciones y exportaciones; contratos internacionales; fomento a las exportaciones; estrategias logísticas y aduanales; mitigación de multas y sanciones; clasificación arancelaria; atención de auditorías por parte de autoridades aduaneras.
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