Fuente: Mexicoxport /
15-junio-2018
La Primera Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dictó una sentencia a favor de la Asociación Mexicana de Energía Solar (Asolmex), en la que invalida el arancel de 15 por ciento a la importación de paneles solares. Según la asociación, con esta resolución los paneles solares deben reclasificarse en la fracción correspondiente a “células fotovoltaicas ensambladas en paneles solares”, con lo que se invalida el impuesto. “En octubre de 2015, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) determinó que los paneles solares debían reclasificarse en la fracción arancelaria de generadores eléctricos, lo que derivó en la imposición de un arancel de 15 por ciento a la importación de estos equipos en el país”.
La Asolmex señaló que lo anterior provocó incertidumbre jurídica a los inversionistas de proyectos solares en México, por lo que presentaron una demanda de nulidad contra la resolución del SAT. Con esta medida la asociación espera que se incremente la instalación de paneles solares en el país. De acuerdo con la asociación, en los últimos dos años se han desarrollado 37 proyectos solares de gran escala y más de 60 mil viviendas ya cuentan con techos de este tipo.
Asimismo, se espera que de continuar el impulso al sector, entre 2018 y 2024 se logrará la instalación de 18 gigavatios, con un impacto de aproximadamente 315 mil millones de pesos en el producto interno bruto. “La Asolmex celebra la resolución del Tribunal, ya que se restituyen las condiciones de certidumbre jurídica al sector y garantiza la competitividad de la energía solar en México”, agregó.